|
En la franja de 500
metros la normativa vigente es mucho menos estricta, hasta
el punto de admitir una amplia tipología de usos, entre los
cuales está la posibilidad de edificar.
Protección de la franja de 500 metros
La Estrategia Territorial de la Comunitat Valenciana va más
allá en las limitaciones, con el fin de proteger los valores
ambientales del frente costero.
|
Así, la Estrategia
Territorial de la Comunitat Valenciana establece que el
suelo no urbanizable de la franja litoral de 500 metros
(algo más de 1.000 hectáreas) no se podrá reclasificar ni,
por tanto, urbanizar, al recibir la consideración de "suelo
estratégico". |

Costa de
Alicante (Foto:
P. R. Girona)
|
La prioridad otorgada a este suelo obedece a razones
ambientales, agrícolas y paisajísticas pero también
económicas, ya que -según los expertos- el 60% del PIB
valenciano se genera en los municipios del litoral, y el 15%
en la franja costera de los 500 metros.
Cabe destacar, asimismo, que el tramo de los 500 metros es
el que ha registrado un menor aumento de la ocupación de
suelo (1,3% en el periodo 2000-2006). Incrementos superiores
se han producido en la franja de 1.000 metros (1,7%) y en la
de 10 kilómetros (2,1%).
Suelo urbanizable "estratégico"
Además, para reforzar esta medida, los suelos de la franja
de 500 metros clasificados actualmente como urbanizables, y
en los que hayan pasado diez años sin que el Programa de
Actuación Integrada (PAI) se haya sometido a información
pública, pasarán a considerarse "no urbanizables", de modo
que tampoco podrán edificarse.
La Estrategia Territorial establece una serie de casos en
los que, con carácter excepcional, podrán desarrollarse
actuaciones en "suelo estratégico", como equipamientos
supramunicipales de interés público, equipamientos (públicos
o privados) de carácter cultural, turístico, deportivo,
científico, sanitario, educativo, comercial y
establecimientos hoteleros de al menos cuatro estrellas.
|
|