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Comunitat Valenciana / Sanidad inicia adjudicación
de 19 oficinas farmacia, 4 de ellas en Albatera,
Almoradí, Rojales y San Fulgencio |
Bajo Segura (Alicante) - 5 octubre 2007 - Bajo Segura
Noticias - La Consellería de Sanidad de la Generalitat
Valenciana ha iniciado la adjudicación de 19 oficinas de
farmacia en la Comunidad Valenciana, 4 de ellas en
municipios de la Vega Baja del Segura como Albatera,
Almoradí, Rojales y San Fulgencio. El plazo para presentar
solicitudes empieza hoy, día 5, y finaliza el 30 de octubre
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La Conselleria de Sanidad ha iniciado el procedimiento de
adjudicación de autorizaciones de apertura de 19 oficinas de
farmacia, tal y como se recoge en una resolución del DOCV de
ayer día 4. “El fin último de esta convocatoria es poder
ofrecer una adecuada atención farmacéutica a la población de
la Comunitat Valenciana”, ha señalado Manuel Cervera,
conseller de Sanitat.
“En este sentido, vamos a tratar de acercar la asistencia a
las poblaciones más pequeñas y de este modo facilitar el
acceso a los medicamentos prescritos por nuestros
facultativos”, ha afirmado el conseller Cervera. |

Vega Baja del Segura (Foto: Bajo Segura Noticias)
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Las poblaciones en las que se van a adjudicar farmacias son las
siguientes: Albatera, Almoradí, Crevillent (2), Rojales y San
Fulgencio, en la provincia de Alicante; Onda, Castell de Cabres,
Palanques, Ballestar-La Pobla de Benifassà, Herbés, Villores, Vallat
y Xodos en Castellón; y L´Alcudia de Crespins, Almussafes, La Pobla
de Vallbona, Torrent y la Puebla de San Miguel en Valencia.
Bases de la convocatoria: requisitos y solicitudes
Podrán participar en el proceso los nacionales de cualquier Estado
miembro de la Unión Europea que a la fecha de la presentación de
solicitudes ostenten la condición de licenciados en Farmacia o estén
en posesión de certificado, diploma u otro título reconocido en
España
para el acceso a las actividades de la profesión farmacéutica con
igual
efecto que el título de licenciado en Farmacia.
No podrán participar en el proceso quienes reuniendo el requisito
del párrafo anterior, tengan más de setenta años en la fecha de
publicación de la resolución.
Las solicitudes se realizarán exclusivamente en las instancias
normalizadas, que constarán de dos hojas con sus correspondientes
copias: la hoja 1 con la solicitud de participación en el
procedimiento de autorización de nuevas oficinas de farmacia y la
hoja 2 de autobaremación. Ambas hojas deberán firmarse por el
farmacéutico peticionario.
Cada farmacéutico solo podrá presentar una solicitud, siendo causa
de exclusión del proceso la duplicidad de solicitudes por parte de
un mismo farmacéutico.
Las solicitudes podrán obtenerse gratuitamente en la sede de la
conselleria de Sanitat y en las direcciones territoriales de Sanidad
de las provincias de Castellón, Alicante y Valencia, así como en
cualquiera de las Oficinas PROP o «Teléfonos 012»de la Generalitat.
El pago de la tasa de admisión se acreditará mediante justificante
que la entidad bancaria en la que se haya efectuado el ingreso hará
constar en el ejemplar correspondiente del impreso de liquidación de
tasas que deberá acompañarse a las hojas de solicitud y autobaremo.
La falta de la justificación del abono de la tasa determinará la
exclusión del aspirante.
La solicitud podrá cumplimentarse manualmente o a través de medios
informáticos. A estos efectos el modelo de solicitud podrá obtenerse
en la página web de la conselleria de Sanidad www.san.gva.es.
Los solicitantes deberán proceder a la autobaremación de sus méritos
de conformidad con lo establecido en el Decreto 198/2003, de 3 de
octubre, cumplimentando al efecto el impreso de autobaremación.
No se tendrán en consideración los méritos alegados o acreditados
con
posterioridad a la finalización del plazo de presentación de
solicitudes.
Las solicitudes se presentarán necesariamente acompañadas de la
siguiente documentación:
-Título de licenciado en Farmacia, resguardo o certificación
acreditativa del mismo de fecha anterior a la solicitud
-Justificación documental acreditativa de los méritos y de las
circunstancias alegados de acuerdo con los criterios de selección
establecidos en el Decreto 198/2003, de 3 de octubre.
Para la justificación del ejercicio profesional además del informe
de Vida Laboral, que será recabado por la Comisión de Baremación a
la Tesorería General de la Seguridad Social, se aportará certificado
emitido por la administración sanitaria o Colegios Oficiales de
Farmacéuticos, en el caso de farmacéuticos titulares de Oficina de
Farmacia y contratos de trabajo o certificados emitidos por
organismos públicos en el caso de ejercicio profesional distinto.
Si el ejercicio profesional en oficina de farmacia se ha realizado
en municipios con una población inferior a 800 habitantes, se deberá
aportar además, certificación del padrón municipal anual referente a
cada uno de los años en que se pretenda contabilizar dicha
circunstancia.
-Documento Nacional de Identidad.
-Justificante del pago de las tasas, ejemplar para la
administración.
La citada documentación deberá aportarse original o debidamente
compulsada o autentificada y se presentará ordenada y numerada según
el orden en que se citan los méritos en el autobaremo, en un sobre
cerrado, previsto al efecto, que se facilitará junto a la solicitud
de participación en el procedimiento de autorización de nuevas
oficinas de farmacia y la autobaremación.
Prueba escrita
En caso de optar por la realización de la prueba escrita, el
solicitante deberá indicarlo en la hoja de solicitud. No se
permitirá el acceso a la prueba escrita a aquellos solicitantes que
no hubiesen indicado expresamente en la hoja de solicitud que optan
por su realización.
La prueba escrita, se realizará en la forma establecida en el
artículo 2.8 del Decreto 198/2003, de 3 de octubre y versará sobre
el temario específico que ha sido publicado en el Diari Oficial de
la Generalitat número 4.634 de fecha 20 de noviembre de 2003.
La prueba escrita se celebrará a partir del día 15 de noviembre de
2007. La fecha, hora y el lugar para su realización se publicará en
el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana, con una antelación de
al menos una semana a su realización.
La prueba escrita se evaluará por la comisión de baremación y la
puntuación obtenida se incorporará de oficio para su cómputo junto
con los demás méritos acreditados por cada solicitante.
Nota: Salvo cuando se cite otro autor, fotos y textos son facilitados por el organismo,
entidad o institución
aludida.
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