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Comunitat Valenciana / Bienestar Social abre el
plazo para las ayudas a personas con ancianos
dependientes a su cargo |
Bajo Segura (Alicante) - 6 enero 2008 - Bajo Segura
Noticias - La Conselleria de Bienestar Social ha abierto
el plazo para solicitar las ayudas que, anualmente, se
convocan para las personas que tienen ancianos dependientes
a su cargo, según ha publicado el Diario Oficial de la
Generalitat Valenciana.
Desde que en 1996 Bienestar Social puso en marcha este
programa, se han concedido ayudas a cerca de 50.000
personas, y los importes de las mismas oscilan en función de
la renta de la unidad familiar de la persona solicitante.
Con la concesión de estas ayudas se pretende favorecer la
integración de la persona mayor en la unidad familiar y la
solidaridad con las personas mayores, mediante su cuidado en
el seno de un ambiente familiar, evitando con ello los
desarraigos de su núcleo de convivencia y paliando las
situaciones de soledad y marginación.
El objetivo es otorgar apoyo económico a aquellas personas
que asumen el cuidado integral de un anciano o anciana
dependiente con el fin de remediar una situación de
necesidad que afecte a su autonomía, apoyando su normal
desarrollo humano y favoreciendo su integración social,
gracias a los cuidados diarios por parte del beneficiario de
la ayuda, pudiendo evitarse su internamiento residencial.
Con el objetivo de mejorar la concesión de las ayudas, una
Comisión Técnica Instructora y una Comisión de Valoración,
se encarga de evaluar todas la solicitudes entregadas dentro
del plazo establecido.
Las personas que pueden beneficiarse de estas ayudas deben
cumplir ciertos requisitos, como son residir en la Comunidad
Valenciana, ser mayor de 45 años, no desempeñar trabajo
remunerado alguno y estar dentro de los límites económicos
señalados en la Orden de ayudas publicada para este año.
Asimismo, la Orden establece que la persona anciana deberá
tener 75 años o más y residir en el domicilio familiar del
solicitante o próximo al mismo, teniendo lazos de parentesco
con la persona que solicita la ayuda. Además, el anciano
debe ser dependiente, entendiendo como tal que esté en
situación de necesidad que afecte a su autonomía y, por lo
tanto, justificativa del cuidado por la persona solicitante.
Como novedad, este año la orden establece como requisito
haber solicitado el reconocimiento de la situación de
dependencia y del derecho a las prestaciones del sistema.
Las solicitudes para este tipo de ayudas deberán presentarse
en la Dirección Territorial de Bienestar Social de la
provincia donde resida el solicitante, y el plazo para su
presentación será de 1 mes a contar desde el día siguiente
al de la publicación en el DOGV.
Nota: Salvo cuando se cite otro autor, fotos y textos son facilitados por el organismo,
entidad o institución
aludida.
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