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España / Desde el 1 de mayo será delito conducir
vehículos sin haber obtenido el carné o habiéndolo
perdido por agotar los puntos |
Bajo Segura (Alicante) - 30 abril 2008 - Bajo Segura
Noticias - Mañana, 1 de mayo, entra en vigor en España
la reforma del Código Penal en que se tipifica como delito
conducir sin haber obtenido el necesario permiso o licencia
de conducción, lo que hasta ahora tenía consideración de
infracción administrativa, o habiéndolo perdido por agotar
el crédito de puntos o por tenerlo retirado.
Esta reforma afecta al artículo 384 del Código Penal en que
se especifica que conducir un vehículo a motor sin haber
obtenido nunca permiso o licencia de conducción pasa a tener
la consideración de delito, que se castiga con la pena de
prisión de 3 a 6 meses o con la de multa de 12 a 24 meses y
trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días,
aplicándose las mismas penas al conductor que haya sido
privado del permiso por pérdida total de los puntos
asignados legalmente o por decisión judicial y siga
conduciendo.
La Dirección General de Tráfico española ha realizado una
campaña informativa específica remitiendo una carta a los,
aproximadamente, 25.000 conductores infractores a los que
durante el año 2007 se les abrió expediente sancionador
administrativo por conducir sin haber obtenido nunca el
permiso de conducir necesario.
La reforma del Código Penal que entró en vigor el pasado día
2 de diciembre pasado, establecía una moratoria hasta el 1
de mayo para este delito.
DELITOS Y PENAS CONTRA SEGURIDAD TRÁFICO (Código Penal art.379
y siguientes)
VELOCIDAD
- EXCESOS60 KM/H EN ZONA URBANA
- EXCESOS80 KM/H EN CARRETERA
Prisión de tres a seis meses o multa de seis a doce meses y
trabajos en beneficio de la comunidad de 30a 90 días, y
privación del derecho a conducir de uno hasta cuatro años.
ALCOHOL
-0.60 MLGR/L AIRE
-1,2 GR/L SANGRE
Prisión de tres a seis meses omulta de seis a doce meses y
trabajos en beneficio de la comunidad de 30a 90 días, y
privación del derecho a conducir de uno hasta cuatro años.
NEGATIVA A SOMETERSE A PRUEBA ALCOHOL
Prisión de seis meses a un año y privación del derecho a conducir de
uno a cuatro años
SIN CARNÉ
POR PERDIDA DEL TOTAL DE PUNTOS O POR NO HABERLO OBTENIDO NUNCA
Pena de prisión de 3 a 6meses o multa de 12 a 24 meses y trabajos en
beneficio de la comunidad de 30 a 90 días.
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